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Ley de Refuerzo de la Accesibilidad: qué deben cumplir las tiendas online a partir del 28 de junio de 2025

A partir del 28.06.2025, la BFSG se aplica también a las tiendas online que venden a consumidores. A quién afecta, quién está exento y qué debería revisarse antes.

Dentro de poco menos de dos semanas, el 28 de junio de 2025, pasará a ser aplicable la Ley de Refuerzo de la Accesibilidad (Barrierefreiheitsstärkungsgesetz, BFSG). Transpone la Directiva (UE) 2019/882, el Acta Europea de Accesibilidad (European Accessibility Act). Además de los cajeros automáticos, los servicios bancarios y los libros electrónicos, abarca un ámbito que muchas empresas pequeñas no han tenido en cuenta durante mucho tiempo: los servicios de comercio electrónico. Se trata de las tiendas online, los procesos de reserva y las aplicaciones a través de los cuales los consumidores celebran contratos.

A quién se aplica la ley

La BFSG se aplica a los servicios que se prestan a consumidores después del 28 de junio de 2025 (§ 1 Abs. 3 BFSG). Una tienda que vende exclusivamente a empresas no está incluida. Tampoco lo está un sitio web corporativo sin celebración de contratos con consumidores.

Están exentas las microempresas que prestan servicios (§ 3 Abs. 3 BFSG). Se considera microempresa la que emplea a menos de diez personas y tiene un volumen de negocios anual de como máximo 2 millones de euros o un balance anual de como máximo 2 millones de euros (§ 2 Nr. 17 BFSG). Por tanto, el número de empleados por sí solo no basta.

Qué significa accesible

Una oferta es accesible si las personas con discapacidad pueden encontrarla, acceder a ella y utilizarla de la forma habitual, sin dificultades especiales y, en principio, sin ayuda de terceros (§ 3 Abs. 1 BFSG). Los detalles los regula el Reglamento de la BFSG (BFSGV). En una tienda, esto afecta, por ejemplo, a contrastes suficientes, al manejo con el teclado, a textos alternativos para las imágenes de productos, a mensajes de error comprensibles en los formularios y a un proceso de pedido que también un lector de pantalla pueda leer por completo.

A ello se suma un deber de información. El proveedor debe explicar en formato accesible cómo cumple su servicio los requisitos (§ 14 Abs. 1 BFSG en relación con el anexo 3). Lo habitual es una página propia sobre accesibilidad que sea fácil de encontrar desde la tienda.

Normas transitorias y multas

Los contratos de servicios celebrados antes del 28 de junio de 2025 pueden seguir vigentes sin cambios, como máximo hasta el 27 de junio de 2030 (§ 38 Abs. 1 BFSG). Para la tienda en sí no existe un periodo de gracia general. Según la infracción, la ley prevé multas de hasta 10.000 euros o de hasta 100.000 euros (§ 37 BFSG).

Qué puede revisar todavía antes de la fecha límite

  • Recorrer una vez el proceso de pedido completo usando solo el teclado.
  • Comprobar con un lector de pantalla si la cesta, los formularios y los mensajes de error se leen de forma comprensible.
  • Preguntar al proveedor del sistema de la tienda y del diseño qué requisitos están ya cubiertos.
  • Redactar la declaración de accesibilidad y enlazarla en el sitio web.

Fuentes

Este artículo ofrece una visión general y no sustituye el asesoramiento jurídico. Son determinantes las fuentes jurídicas enlazadas en su versión vigente en cada momento.

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